Validez de la constancia de notificación, en materia fiscal.

La constancia de notificación, para que pueda considerarse legalmente válida, deberá hacer constar quién es la persona buscada y cuál es su domicilio; en su caso, por qué no pudo practicarse; quién atendió la diligencia y, sobre todo, a quién le dejó el citatorio, datos ineludibles para su validez.

Antecedente: Registro No. 175286

NOTIFICACIÓN PERSONAL. EL ARTÍCULO 137 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, AL PREVER LAS FORMALIDADES PARA SU PRÁCTICA, NO VIOLA LA GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA.

Localización: Segunda Sala; Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXIII, Abril de 2006 Materia(s): Constitucional, Administrativa Tesis: 2a./J. 40/2006 Página: 206

Alegatos que se sugiere sean esgrimidos en el Juicio correspondiente.